
El B.O.E del 18 de Septiembre publica lo siguiente:
Esta resolución, que hace oficial el anuncio de la recuperación de los 6 “moscosos”, los “canosos” y los días de vacaciones por antigüedad, ya está en el BOE, y la misma en palabras textuales termina con lo siguiente:
“La presente resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación
en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 16 de septiembre de 2015.–El Secretario de Estado de Administraciones
Públicas, Antonio Germán Beteta Barreda”
Ahora “el pero”. Pero…esto de momento efecta a los funcionarios y empleados públicos dependientes de la Administración General del Estado. Desde AMYTS entendemos y así se exigirá a los responsables de la Comunidad, que al igual que aplican por extensión y de forma inmediata los “recortes” a los Empleados Públicos del Estado, se haga lo mismo cuando lo que llega es una recuperación de los derechos y beneficios laborales. Es hora además de aplicar también en la Comunidad de Madrid lo referente a los días extra de vacaciones por antigüedad, que nunca se nos reconocieron.
La aplicación inmediata de esta resolución, obliga a una minoración de la jornada anual, y por ello a sentarse en la Mesa Sectorial para regular y acordar los términos de la nueva jornada, por lo que ya debe ser aplicada la nueva jornada en los términos en los que desde AMYTS hemos comunicado por escrito al Consejero, y que es una aplicación de jornada que implica trabajar 7,5 horas diarias.
7 comentarios
Buenos días, soy funcionaria interina y llevo 17 años en la administración. Quisiera saber si los canosos y los días por trienios nos corresponden también a nosotros.
Yo daba por sentado que no pero tengo el marido de una compañera que es funcionario de carrera y me comenta que el tiene compañeras interinas que se los han disfrutado.
Los días son para todos, fijos, interinos o eventuales.
Soy funcionaria de la CAM, puedo pedir ya los días por antigüedad, tengo 8 trienios.
Estoy perdida y lo malo es que no soy yo la única, ni en recursos humanos me han sabido decir.
Gracias
Ana, lo que hay es un preacuerdo, que debe ser refrendado en el Consejo de Gobierno y publicado en el BOCM. Hasta entonces no se aplica.
Creo que con la misma ley que nos fueron quitados se nos deben devolver, tan inmediato fue el privarnos de esos días que no entiendo que haya que presionar para su devolución
Soy estatutario . Me jubilo el 29-10-2015. Desde administracion del área me dicen que debo esperar la publicación en el BOCM de los dias concedidos en el BOE del dia 18. Es así?
Desgraciadamente, salvo el sexto moscoso, que queda incorporado directamente al Estatuto Básico del Empleado Público y, por tanto, es de aplicación directa, el resto quedan a expensas de cada Administración. Tanto AMYTS como CESM ya han comenzado su presión para que se apliquen el resto de beneficios que ya se aplican a los funcionarios del Estado.