
Mail de la Dirección General de Recursos Humanos:
- Les informamos que, a efectos de justificación de las medidas establecidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y en concreto en su artículo 7 (Limitación de la libertad de circulación de las personas), apartado c) “Excepcionalidad a dicha limitación el desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial”, se comunica que los profesionales que presten servicio en Centros Sanitarios acreditarán dicha excepción únicamente con la presentación de la tarjeta identificativa que acredite que es profesional de centros sanitarios. Esta circunstancia se ha comunicado a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y a los centros sanitarios para su máxima difusión entre el personal.
INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA ORDEN 232 MINISTERIO DE SANIDAD
instruccionesparalaaplicacindelaorden232ministerio
INSTRUCCION PARA LA TRAMITACION DE LA IT POR CORONAVIRUS
instruccionparalatramitaciondelaitporcoronavirus
INSTRUCCIONES CONTRATACION MIR Y EIR EXTRACOMUNITARIOS_18249629
RESOLUCION SUSPENSION COMPATIBLIDAD_18251544