
Con los recortes del Gobierno, que quitaron días de libre disposición, aumentaron la jornada o bajaron retribuciones, entró en vigor una reforma de las prestaciones durante la incapacidad temporal, que supusieron la reducción de la retribución durante los primeros 20 días de las bajas laborales (Art. 9 del Decreto Ley 20/2012) . Para dar respuesta y paliar el impacto que la bajada supuso en muchos profesionales, AMYTS como integrante de CESM, acordó con Previsión Sanitaria la cobertura mediante una póliza especial para sus afiliados, que permitía compensar en parte el poder adquisitivo durante los 20días iniciales de la incapacidad.
Dicha póliza está siendo muy bien acogida por los afiliados. Fruto de ello, se ha podido mejorar las condiciones de cobertura ampliando las prestaciones más allá de los 20 días iniciales, con una segunda póliza que permite ampliar el importe por día de baja según las necesidades de cada afiliado. Esta póliza permite fijar a cada profesional la indemnización diaria que precise.
Por tanto, las pólizas ofertadas son las siguientes:
.- Póliza básica y Boletín de adhesión.
Prestación:
Del 1º al 3º día de baja 62 euros/día
Del 4º al 20º dia de baja 31 euros/dia
Periodo máximo de carencia 30 días desde la contratación
Número de prestaciones máximo anual: 4
.- Póliza ampliada.
Individualizada según necesidades. Consultar condiciones
.- Póliza MIR y boletín de adhesión incluidos en la cuota reducida de todos los afiliados MIR que lo soliciten.
Del 1º al 3º día de baja 24,80 euros/día
Del 4º al 20º dia de baja 12,40 euros/dia
Periodo máximo de carencia 30 días desde la contratación
Número de prestaciones máximo anual: 4